# Se impulsa la creación del censo de abonadoras y equipos de tratamiento siguiendo el ejemplo de comunidades como Castilla y León, Andalucía...
# El Real Decreto actualiza los criterios de inscripción y los unifica para que sean iguales en todas las comunidades
El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente en relación a la caracterización y registro de la maquinaria agrícola,
actualizando potencia de inscripción de tractores y facilitando
la creación de un censo de equipos de tratamiento y abonadoras.
Esto se traduce en más control sobre la maquinaria que hay en nuestros
caminos y carreteras, pero a la vez perjudica el bolsillo del
agricultor, puesto que supone pagar por revisión de aperos por los que
antes no pagaba.
La mejora radica en que antes un mismo tractor, dependiendo de la comunidad a que fuese destinado, se vendía ofreciendo una determinada potencia u otra.
Este nuevo Real Decreto establece la potencia con la que deberán
inscribirse los tractores que dispongan de "gestor de potencia" a partir de ahora, -Este cambio en el reglamento surge por el
nuevo sistema electrónico que permite incrementar su potencia en
situaciones especiales-, por el cual los fabricantes venden la misma máquina, con mayor o menor potencia (como dato) en
función de la comunidad donde ejerzan la venta. El cambio establece que la potencia de inscripción será la medida en el motor sin que este sistema de gestión de potencia esté activado.
función de la comunidad donde ejerzan la venta. El cambio establece que la potencia de inscripción será la medida en el motor sin que este sistema de gestión de potencia esté activado.
Con ello se unifican los criterios para determinar la potencia con
la que se inscriben los tractores en los Registros Oficiales de
Maquinaria Agrícola (ROMA) de las Comunidades Autónomas Españolas.
La nueva normativa prorroga, por otra parte, el periodo
establecido para inscribir en los Registros de Maquinaria las abonadoras
y los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
Esto facilitará la elaboración del censo del parque de equipos de
aplicación de fitosanitarios, y su inspección obligatoria, cumpliendo
así con la normativa que establece que para inspeccionar un equipo móvil
en una estación especifica (ITEAF) es necesario que esté inscrito en el
ROMA.
Fuente: Europapress y propia
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